La norma establece que podrán acceder “al beneficio” los empleados de los tres poderes del Estado, reparticiones u organismos centralizados, descentralizados, entes autárquicos, empresas del Estado Provincial, Tribunal de Cuentas y Fiscalía de Estado “que hayan ingresado a planta permanente con anterioridad al 1° de enero del 2016”.

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Si bien la ley ya tiene plena vigencia, en la práctica ningún interesado está todavía en posibilidad de acogerse por cuanto la propia normativa determina que las solicitudes deben ser presentadas “dentro de los 60 días corridos a partir de la entrada en vigencia de la reglamentación de la presente”, y que la baja deberá ser autorizada por la máxima autoridad del área u organismo.

Quienes accedan al retiro voluntario percibirán “una bonificación por única vez, cuyo monto será determinado por la reglamentación, y una suma no remunerativa equivalente al 60% de la remuneración del agente -excluidas horas extras, guardias, sueldo anual complementario, viáticos, asignaciones familiares y cualquier otro concepto cuyo pago no reúna los requisitos de periodicidad mensual, normal y habitual- por el plazo de hasta 36 meses”.

De esta manera, el Ejecutivo provincial pretende reducir la planta de empleados de la Administración Pública Provincial, para de esa manera lograr disminuir el alto impacto presupuestario que hoy en día tiene la masa salarial, “lo cual dificulta seriamente el planeamiento e implementación de políticas públicas, imposibilitando además lograr el equilibrio en las cuentas públicas y la sustentabilidad de las finanzas provinciales”.

Esta medida, según se indica, se encuadra dentro de “las metas fiscales trazadas por la Provincia, de acuerdo a los acuerdos de consenso fiscal con Nación y con las Municipalidades, lo cual permitirá la existencia y aplicación de reglas claras y de mayor transparencia sobre el gasto y los ingresos públicos”.