El juez Sebastián Osado Viruel, a cargo El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1 del Distrito Judicial Sur, resolvió rechazar la medida cautelar pedida en el marco del amparo presentado por Gustavo Melella, Mónica Urquiza y Pablo Villegas, por la que se solicitaba la suspensión de la obra, porque objeto del amparo coincidía con la pretensión cautelar y ello vulnera el derecho de defensa de las demandadas.

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Respecto de la cuestión ambiental, la resolución señala que la petición no acreditaba de manera preliminar una amenaza de daño concreto actual o inminente al medio ambiente o al patrimonio cultural, sino que se remitían a informes que enunciaban riesgos hipotéticos.

En base al principio precautorio de la ley ambiental que le dan al juez amplias facultades ordenatorias, se citó a audiencia -para viernes 22 a las 10 de la mañana- a los amparistas y a técnicos de la empresa que tiene a cargo el desarrollo de la obra, Juan Felipe Gancedo S.A., quienes deberán asistir con un técnico ambiental para ahondar en mayores detalles.