Tras el planteo formulado por el Movimiento de Mujeres, los jueces del Superior Tribunal de Justicia determinaron que el sistema de preferencias se aplicará en las elecciones municipales subordinado al cupo femenino. Así, los varones más preferidos solo podrán desplazar a otros hombres del orden original de las listas, y las mujeres se desplazarán entre sí. Consideran que ello incrementará notoriamente las chances femeninas de acceder a una banca.

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Hasta ahora el sistema proponía que si el primer candidato era un hombre y la segunda una mujer, y si otro hombre recibía más preferencias que la mujer, la desplazaba del segundo lugar, quedando integrada la lista por dos hombres en los primeros lugares.

Eso fue lo que ocurrió en las elecciones de 2015, cuando esa interpretación derivó en que se conformara un Concejo Deliberante integrado exclusivamente por varones.

Según el criterio establecido en la sentencia del Superior Tribunal, a partir de los comicios del 16 de junio, las preferencias se aplicarán pero respetando la efectiva paridad de género.