La Municipalidad de Ushuaia abrirá el miércoles 10 de marzo los turnos para aquellos vecinos y vecinas que quieran inscribirse para acceder a su vivienda propia, a través del programa PROCREAR II. Mediante el convenio firmado con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de Nación, el Municipio encabeza la cogestión local para la asignación, mediante puntaje, de las 400 viviendas que aún no fueron otorgadas en la ciudad.
La subsecretaria de Vivienda dependiente de la Secretaría de Hábitat, Yanira Martínez Ortiz, aseguró que “una vez solicitado el turno, podrán inscribirse a partir del lunes 15 de marzo de forma presencial. Durante un plazo de dos semanas permanecerá abierta la inscripción de postulantes a las primeras 65 viviendas de un total de aproximadamente 400, que se entregarán este año, ubicadas en el macizo comprendido por las calles Hipólito Yrigoyen, Formosa, Nello Magni y 8 de Noviembre, en el sector conocido como Monte Gallinero”.
La persona interesada deberá ingresar a la página web de la Municipalidad donde encontrará el link de inscripción que quedará habilitado desde el miércoles 10, completar los primeros datos y obtener un turno para adjuntar la documentación necesaria que permitirá acceder al puntaje que será otorgado oportunamente.
Requisitos para acceder al programa
Para inscribirse en el programa la persona interesada deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
2. No tener, tanto el/la titular como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción.
3. Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
4. Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.
5. Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
6. Acreditar el estado civil declarado en la inscripción, excepto el estado civil soltero.
7. Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
8. Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente, tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente, entre 4 SMVyM y 10 SMVyM1 (salario mínimo, vital y móvil, determinado anualmente por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente al día 30 de septiembre del 2020).
9. Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
10. No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos nueve (9) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.