En 2021, en un esfuerzo significativo por proteger y preservar los recursos naturales y ecosistemas valiosos de la Provincia, desde el Poder Legislativo se sancionó la Ley provincial Nº 1355. Aquella legislación “dejó perfectamente establecidas medidas estrictas para asegurar la sostenibilidad ambiental y la protección de la biodiversidad en nuestras aguas jurisdiccionales lacustres y marítimas”, recordó Pablo Villegas. En una entrevista con Prensa Legislativa, el referente del MPF consideró  que «el no a las salmoneras en toda Tierra del Fuego es una decisión social y política», dijo.

“La misma marcó un hito histórico a nivel nacional que debemos revalidar” señaló y agregó que se fijó el objetivo de asegurar “la protección, preservación y resguardo de nuestros recursos naturales, los recursos genéticos y los ecosistemas lacustres y marinos, exceptuándose las actividades de cultivo para el repoblamiento”.

“Además, reconocimos los proyectos existentes de acuicultura artesanal de trucha arco iris, sujeto a condiciones estrictas y evaluaciones ambientales para asegurar su impacto mínimo en el medio ambiente”.

Villegas apuntó: “Entiendo que fue trascendental alcanzar el aval político y social, dado que hoy nos encontramos con distintos hechos que se dieron a nivel mundial que marcan la importancia de aquel acuerdo”.

En este punto, el Legislador del MPF detalla que en Estados Unidos, después de tres décadas de salmonicultura, “Washington decidió prohibir las granjas de salmón en 2018 tras un escape masivo. Por otra parte, Canadá comenzó a clausurar granjas de cultivo de salmones en el archipiélago Broughton para proteger su ecosistema. Y el ejemplo más visible que tenemos es el de nuestro país vecino, Chile, donde entre 2016 y 2018 la industria salmonera causó la muerte de 17 trabajadores y 37 mil toneladas de salmones fueron arrojadas al mar provocando la muerte de 343 ballenas y otros animales, dejando un ecosistema devastado.”

En este sentido, Villegas destacó que “la Ley no prohíbe la salmonicultura, sino que la regula, habilitando la posibilidad de producción de salmónidos en tierra y a escala artesanal. Prohíbe una modalidad, la que presupone la producción a gran escala en jaulas en agua, ya sean lacustres (lagos) o marítimas”.